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¿Qué pasa si se extravían los libros y papeles de la sociedad liquidada? | |
El liquidador tiene la obligación de conservar los libros y papeles de la sociedad liquidada por un término de cinco años, contados a partir de la aprobación de la cuenta final de liquidación.
En el evento de extraviarse los libros societarios de la persona jurídica liquidada y no poderse adelantar la reconstrucción de los mismos dentro de los seis meses siguientes a la pérdida, en los términos del artículo 18 del Anexo 6 del Decreto 2270 del 2019, se podría constituir una conducta negligente del liquidador por no guardar la debida diligencia para la custodia y conservación de los libros, lo cual debe analizarse en cada caso concreto, indicó la Superintendencia de Sociedades.
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Superintendencia de Sociedades.
Obligación de conservar los libros y papeles de la sociedad liquidada.
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(2021-04-13) Consultar |
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Hipótesis de negocio en marcha. | |
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Este Despacho se permite resolver sus inquietudes en el
mismo orden en que fueron propuestas:
“a. ¿Puede una sociedad ser admitida a un proceso de reorganización de
la ley 1116 de 2006, o a uno de los procesos de emergencia del decreto
legislativo 560 de 2020, aunque no cumpla el supuesto de empresa en
marcha establecido en la Norma Internacional de Contabilidad
Presentación de Estados Financieros?
“b. Si una sociedad es admitida a un proceso de reorganización o a algunos
de los mecanismos recuperatorios del decreto 560 o 772 de 2020
cumpliendo el supuesto de empresa en marcha, pero luego de la admisión
deja de cumplir con ese supuesto, ¿qué efectos tendrá sobre el proceso
concursal?”
“c. En este último caso, ¿qué deber le asiste al representante legal y al
frente al proceso concursal y al juez del concurso?
“d. La admisión al proceso de reorganización suspendería la causal de
disolución por incumplimiento de supuesto de empresa en marcha
establecida en el artículo 4 de la ley 2069 de 2020, en los mismos términos
que establecía el artículo 23 de la ley 1116 de 2006, o esta norma no resulta
aplicable a este evento.”
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Superintendencia de Sociedades.
Hipótesis de negocio en marcha.
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(2021-04-13) Consultar |
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Responsabilidad – Renuncia del Revisor Fiscal. | |
Consulta:
“(…) Somos una sociedad limitada con obligación de tener revisor fiscal.
El revisor Fiscal presento su renuncia hasta el 31 de enero del año 2021.
Siendo así, él tendría la responsabilidad de firmar los Estados financieros
con corte a diciembre 31 de 2020, las declaración de Renta del año 2020
y demás informes que la empresa este obligada con corte a Diciembre
2020 o las debería firmar el revisor fiscal que lo reemplace?
Teniendo en
cuenta que la declaración de renta se presenta en abril-2021, hasta que
fecha tendría la obligación de firmar estos informes del año 2021.
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Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Responsabilidad – Renuncia del Revisor Fiscal.
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(2021-04-13) Consultar |
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Deducción por inversión en activos fijos reales productivos. | |
CONSIDERACIONES DE LA SALA
Se discute la legalidad de los actos administrativos que modificaron la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2008, presentada por EMPOLLACOL SA.
En los términos de los recursos de apelación presentados por las partes, la Sala debe establecer
(i) si la inversión en activos fijos reales productivos (pollitas ponedoras) adquiridos en 2007 puede tenerse en cuenta como deducible en la declaración del año 2008.
(ii) si procede la imposición de la sanción por inexactitud.
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Consejo de Estado.
Deducción por inversión en activos fijos reales productivos.
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(2021-04-13) Consultar |
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Prueba de pasivos declarados en el impuesto sobre la renta - Documento idóneo. | |
El demandante argumentó que se violó el debido proceso y el derecho de defensa, porque los pasivos declarados estaban soportados en la contabilidad y en facturas con el lleno de los requisitos exigidos por la legislación fiscal. (…)
Se observa que, como los pasivos declarados fueron objeto de comprobación especial por parte de la Administración, el demandante debía presentar las pruebas que los soportaran en los términos exigidos por la legislación fiscal.
"Los pasivos deben estar respaldados por documentos idóneos, y con el lleno de todas las formalidades exigidas para la contabilidad", requisito reiterado por el artículo 770 Ib.
Por lo anterior, se considera que la simple enunciación de los pasivos declarados y la certificación de contador público allegada a la actuación administrativa, que no cuenta con grado alguno de detalle y no está soportada en comprobantes externos o internos, no constituyen las pruebas idóneas a que se refiere la legislación fiscal.
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Consejo de Estado.
Documento idóneo.
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(2021-04-13) Consultar |
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Base Gravable Especial –AIU. | |
En el caso objeto de estudio, el peticionario plantea una consulta
relacionada con el tratamiento del IVA en la contratación de esquemas de
protección por parte de la Unidad Nacional de Protección -UNP y la
viabilidad de aplicar sobre los mismos la base gravable especial del IVA,
estipulada en el artículo 462-1 de Estatuto Tributario (ET).
Además, se
requiere información sobre las especificaciones que deberían cumplirse en
al momento de expedir las respectivas facturas de venta por la prestación
del servicio por parte del contratista a favor de la Unidad Nacional de
Protección -UNP.
No procede la base gravable
especial cuando se alquilan vehículos u otros medios de manera individual
o cuando dichos servicios no tienen la naturaleza de servicios de vigilancia
por no ser parte de estos.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 0258 / 24-02-2021
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(2021-04-13) Consultar |
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El Gobierno nacional modificó los plazos para el pago de la primera y segunda cuota del Impuesto sobre la Renta y Complementarios del año gravable 2020. | |
Plazos para declarar y pagar en el año 2021
Declaración del impuesto sobre la renta y complementarios - micro y pequeñas empresas:
Adiciona el parágrafo 4 al artículo 1.6.1.13.2.12. de la sección 2 del capítulo 13 del título 1 de la parte 6 del libro 1 del decreto 1625 de 2016, único reglamentario en materia tributaria - decreto 374 del 9 de abril de 2021.
Es de resaltar que el referido decreto estipula:
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Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Decreto Nº 374 / 09-04-2021
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(2021-04-12) Consultar |
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Abecé sobre los cambios en la clasificación de actividades económicas en el RUT, relacionadas con el comercio al por mayor. | |
A continuación, te vamos a explicar los aspectos generales que debes tener en
cuenta como contribuyente, en el comercio al por mayor, para actualizar tu
RUT a partir de las nuevas resoluciones sobre esta materia (Res. 00114 de diciembre 2020 y 005 de enero de 2021).
Como resultado de un proceso internacional de cambios en materia de
clasificación de las actividades industriales, el DANE modificó el documento Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) de todas
las actividades económicas y con ello facilitó su aplicación por parte de
los usuarios.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Comunicado de Prensa.
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(2021-04-12) Consultar |
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Porcentaje de anticipo para el año gravable 2021 que los declarantes del impuesto sobre la renta deben liquidar en la declaración de renta del año gravable 2020. | |
Adicionan los parágrafos 3 al artículo 1.6.1.13.2.11., 5 al artículo 1.6.1.13.2.12. y 2 al artículo 1.6.1.13.2.15., a la sección 2 del capítulo 13 del título 1 de la parle 6 del libro 1 del decreto 1625 de 2016, único reglamentario en materia tributaria.
Los grupos de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU) Rev. 4, a los cuales se les permitirá modificar el porcentaje del anticipo para el año gravable 2021, seleccionando de acuerdo con el grado o la variación porcentual del total del valor de las autorretenciones entre los meses de noviembre y diciembre de 2020 en comparación con el valor total de las autorretenciones de los mismos meses del 2019, de tal manera que el porcentaje del cero por ciento (0%) se asignó a aquellos Grupos de la Clasificación Industrial internacional Uniforme (CIIU) en donde se continúan presentando variaciones negativas en el total de las autorretenciones con ocasión a la pandemia".
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Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Decreto Nº 375 / 09-04-2021
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(2021-04-12) Consultar |
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Por el cual se modifica el Decreto 1165 de 2019 relativo al Régimen de Aduanas y se dictan otras disposiciones. | |
DECRETA
ARTíCULO 1. Modifíquense y ad las siguientes definiciones del artículo
3 del 11 2019, las quedarán así
"Análisis integral en control previo, simultáneo y posterior. análisis
integral en el control previo es que deberá realizar la autoridad aduanera
confrontando la información que obra en los informáticos electrónicos, con
la contenida en los documentos viaje y/o en los documentos que soportan la
operación comercial o en certificaciones emitidas en exterior por el responsable
del despacho, para si hay inconsistencias y si las mismas están o no
justificadas.
El análisis integral en el control simultáneo o posterior es el que realizar la
autoridad aduanera para comparar la información contenida en una declaración
aduanera respecto sus documentos soporte, con el propósito de determinar si
hay errores en la cantidad o errores u omisiones en la descripción la mercancía
que conlleven a que la mercancía objeto de control sea diferente a declarada.
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Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Decreto Nº 360 / 07-04-2021
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(2021-04-12) Consultar |
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Se modifica la Resolución 000011 del 8 de febrero de 2021 mediante la cual se prescribió el formulario 110 para dar cumplimiento a las obligaciones tributarias en el año 2021. | |
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RESUELVE
Artículo 1. Modificar el Formulario No. 110 para la presentación de la Declaración de
renta y complementario para personas jurídicas y asimiladas y personas naturales y
asimiladas no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes, o de
ingresos y patrimonio para entidades obligadas a declarar.
Modificar el Formulario
No. 110 para la presentación de la “Declaración de renta y complementario para personas
jurídicas y asimiladas y personas naturales y asimiladas no residentes y sucesiones
ilíquidas de causantes no residentes, o de ingresos y patrimonio para entidades obligadas
a declarar” correspondiente al año gravable 2020 y/o fracción año gravable 2021,
prescrito por la Resolución 000011 del 8 de febrero de 2021, diseño anexo que forma
parte integral de la presente resolución.
La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN
pondrá a disposición el Formulario No. 110 en forma virtual en la página web,
www.dian.gov.co, para su diligenciamiento y presentación.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Proyecto de Resolución.
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(2021-04-12) Consultar |
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Renuncia del Revisor Fiscal – Firma declaraciones. | |
Consulta:
“El revisor fiscal principal de una compañía falleció en el mes de enero 2021 a causa de Covid 19, el
suplente ejercicio sus funciones en este mes, pero renunció en febrero 2021, a la fecha la sociedad no
ha designado un nuevo revisor fiscal ni ha realizado la actualización ante cámara de comercio y está
próximo a vencerse declaraciones tributarias.
¿A que riesgos o sanciones está expuesta la sociedad al no
designar nuevo revisor antes del vencimiento de las declaraciones?
¿Existe alguna norma que lo exonere
o le dé un tiempo de gracia para no tener revisor mientras designan uno nuevo?”
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Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Renuncia del Revisor Fiscal – Firma declaraciones.
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(2021-04-12) Consultar |
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Se prescribe el formulario No. 2593 versión 4, su instructivo y el anexo, para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE en el año 2021 y siguientes. | |
RESUELVE
Artículo 1. Prescripción del formulario No. 2593 versión 4 - Recibo Electrónico
SIMPLE. Prescribir el formulario No. 2593 “Recibo Electrónico SIMPLE”, versión 4 y su
instructivo, junto con su anexo: “Liquidación del Componente ICA Territorial Bimestral por
Municipios y Distritos”, diseño anexo que forma parte integral de la presente resolución.
El formulario deberá ser utilizado para la liquidación y pago de los anticipos del impuesto
unificado bajo el régimen simple de tributación –SIMPLE, correspondientes a los
bimestres del año gravable 2021 y siguientes.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Resolución Nº 000025 / 19-03-2021
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(2021-04-09) Consultar |
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Conozca los requisitos para interponer una tutela por despido sin justa causa. | |
La acción de tutela como herramienta para lograr el reintegro o la indemnización frente a un
despido laboral sin justa causa es excepcional, es decir, opera en casos particulares y
concretos, recordó el Ministerio del Trabajo.
Así, un trabajador del sector público o privado puede recurrir a una acción de tutela cuando
considera que ha sido despedido sin justa causa, pero para ello debe cumplir los
requisitos que la Corte Constitucional ha reiterado en su jurisprudencia, es especial
en la Sentencia T-546 del 2000.
Si bien en la mayoría de los casos la ruta es la jurisdicción laboral ordinaria, el amparo de
tutela procede cuando se ven afectados derechos fundamentales del trabajador como
consecuencia del despido injustificado y, además, aquel se encuentra en estado de
indefensión o, precisamente por esta última circunstancia, goza de estabilidad laboral
reforzada.
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Fuente: Ambito Juridico
Tutela por despido sin justa causa.
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(2021-04-09) Consultar |
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Impuesto sobre la renta / Exoneración de aportes. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, y con base en lo dispuesto en el artiìculo 114 -1 del
Estatuto Tributario, el peticionario pregunta si una Personeriìa Municipal, Alcaldiìa Municipal o
cualquier entidad de derecho publico deben realizar las cotizaciones a la salud como Seguridad
Social Integral, de igual forma al Sena e ICBF como parafiscales; sobre empleados que
devenguen menos de 10 salarios miìnimos legales mensuales.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio Nº 0066 / 26-01-2021
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(2021-04-09) Consultar |
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Desvinculación – Revisoria fiscal. | |
Consulta:
Acudo a ustedes para consultarles mi caso, laboré para la compañía (…)desde Octubre de 2015 hasta enero de 2017; durante este tiempo fui revisora fiscal de esta empresa y de una de sus filiales (…); en julio del año 2020 consultando la oficina virtual de la Cámara de Comercio de Bogotá, me di cuenta de que aún aparezco como revisora fiscal y que la empresa hizo uso de mi nombre sin recibir un peso de honorarios, ni tener conocimiento del funcionamiento de la empresa en todo este tiempo.
La responsabilidad del revisor fiscal cesa cuando se ha inscrito su renuncia ante el registro mercantil.
El revisor fiscal deberá acatar el procedimiento citado según las directrices de la sentencia C-621 del 2003, por parte de la Corte Constitucional. Igualmente se aclara que un revisor fiscal no renuncia de su cargo ante la cámara de comercio, sino ante el órgano que lo eligió (asamblea).
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Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Oficio No 0113 / 03-02-2021
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(2021-04-09) Consultar |
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Causación aportes de pensión reducido por Covid 19. | |
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Consulta:
Con el Decreto Ley 558 del 15 de abril de 2020, el Gobierno nacional permitio a las empresas disminuir, de forma opcional, sus aportes al sistema general de pensiones del 16 % al 3 % durante los meses de abril y mayo.
Este 3% debia ser asumido en un 75% por el empleador y el 25% restante por el empleado. Sin embargo, A traves de sentencia C258/20 la Corte Constitucional se pronuncio sobre la exequibilidad del decreto 678 de 2020 diciendo que: La inexequibilidad del decreto bajo estudio se adopta con efectos retroactivos desde la fecha de su expedicion.
Por tal razon, las personas naturales y juridicas deberan efectuar el pago de los montos dejados de aportar en el plazo razonable que senale el gobierno en ejercicio de sus facultades. El Gobierno Nacional debera adoptar e implementar las medidas que correspondan para recaudar los aportes teniendo en cuenta, entre otros elementos, plazos y modalidades de pago razonables.
Los valores dejados de pagar no causaran intereses de ningun tipo sino a partir de la nueva fecha de pago que adopte el Gobierno Nacional, por cuanto el no pago completo de los aportes se encontraba autorizado legalmente por el decreto declarado inexequible.
Teniendo en cuenta que el gobierno aun no ha emitido un lineamiento sobre como se aportaran los montos faltantes de las cotizaciones al Sistema General de Pensiones correspondientes a los periodos de abril y mayo del 2020, surgen las siguientes consultas:
1) En los estados financieros del ano 2020, como debe reconocerse este monto faltante que le corresponde a las empresas que se acogieron al beneficio antes mencionado?
Es correcto reconocer un gasto por el monto correspondiente a la empresa y una cuenta por cobrar por el monto correspondiente al empleado?
2) El gasto mencionado anteriormente, se puede manejar como deducible en la declaracion de renta del ano 2020 a pesar de que aun no ha sido pagado?
3) Cual es el tratamiento contable adecuado del monto correspondiente a los empleados que ya no se encuentran vinculados con la empresa, a los que no se les desconto su aporte?
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Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Concepto 42 de 2021 / Causación aportes de pensión reducido por Covid 19.
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(2021-04-09) Consultar |
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Impuesto sobre la renta y complementarios / Deducción de intereses. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta lo siguiente:
¿Es aplicable la regla prevista en el artículo 117 del Estatuto Tributario cuando el acreedor del crédito es una sociedad extranjera que no tiene la calidad de vinculada en los términos del artículo 260-1 del Estatuto Tributario?
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 0113 / 03-02-2021
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(2021-04-09) Consultar |
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Renuncia del contador y firma de EEFF. | |
Consulta:
“Yo laboro bajo contrato a término indefinido en una firma contable la
cual, me tiene asignado a un grupo empresarial compuesto por 11 NIT´s.
El pasado 18 de enero presenté mi carta de renuncia indicando que
laboraba hasta el próximo sábado 30 de enero. Sin embargo, la firma
contable me está exigiendo que a mi retiro debo dejar Estados Financieros
de los 11 NIT´s completamente elaborados y firmados lo cual es muy
complejo pues significa proyectar y provisionar los ICA´s, Rentas,
Provisión de cartera, costo amortizado, impuesto diferido, etc. para todos
los 11 NIT´s y ahí sí podría proceder a la elaboración de los EE FF con sus
respectivas notas contables. Esto me llevaría por lo menos un mes de
trabajo.
Por lo anterior, quisiera consultar si realmente estoy en la obligación de
entregar el cierre de año y mi responsabilidad llega hasta el cierre de mes
(diciembre 2020).”
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Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Renuncia del contador y firma de EEFF
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(2021-04-08) Consultar |
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Exclusión de IVA – servicios artísticos. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, a partir del artículo 6 de la Ley 1943 de 2011 y el literal c) del artículo 3 ibídem, y considerando los conciertos musicales a través de plataformas digitales en los cuales se entrega a las personas un link para su ingreso, se pregunta si podría considerarse un espectáculo público cubierto por la exclusión prevista en dicha norma.
También se pregunta si la exclusión del IVA del numeral 18 del artículo 476 del E.T. aplica para los accesos (links y códigos) a conciertos a través de plataformas digitales.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio Nº 0149 / 05-02-2021
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(2021-04-08) Consultar |
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Impuesto sobre las ventas / Hecho generador. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario manifiesta que la
Empresa de Fomento y Desarrollo Sostenible de Occidente es una
empresa industrial y comercial del estado perteneciente al Municipio de
Facatativá, Cundinamarca, la cual tiene a cargo la administración del
espacio público de la plaza de mercado municipal.
En razón a ello,
consulta si debe liquidar y cobrar el IVA por el aprovechamiento
económico del mencionado espacio público.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio Nº 0109 / 03-02-2021
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(2021-04-08) Consultar |
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Impuesto sobre la renta y complementarios / Deducción. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario solicita la revocatoria del concepto 094762
de 28 de septiembre de 2000, respecto de la deducción por el pago de indemnizaciones por
despido justificado o injustificado que provienen de una relación laboral o reglamentaria.
Lo
anterior al considerar que existe una contradicción entre la interpretación jurídica allí expuesta
y lo considerado por el Consejo de Estado.
En particular, apoya su solicitud en el contenido de
la sentencia de 19 de mayo de 2011, radicado interno No. 18039, tesis reiterada en sentencia
de 23 de febrero de 2017, radicado interno No. 20347.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio Nº 0108 / 26-03-2021
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(2021-04-08) Consultar |
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DESCUENTO FINANCIERO O DESCUENTO COMERCIAL CONDICIONADO – Prueba. No exigencia de factura. Reiteración de jurisprudencia. | |
Sobre los descuentos condicionados, en la sentencia del 24 de octubre de
2013, la Sección Cuarta precisó lo siguiente:
(…) [L]a Sala reitera que los
denominados descuentos comerciales condicionados son aquellos que el
proveedor ofrece, sujetos a una condición futura e incierta, que se
estipula previamente de acuerdo con las políticas comerciales o
situaciones especiales, que, de cumplirse, surge para el comprador el
derecho al descuento ofrecido.
Los descuentos condicionados “no figuran
en la factura de venta o del servicio porque estos solo se registran
contablemente hasta tanto se hagan efectivos, es decir, en el momento
en que se cumplan las condiciones exigidas para su otorgamiento”.
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Consejo de Estado.
Descuentos condicionados.
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(2021-04-08) Consultar |
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COMPENSACIÓN DE PÉRDIDAS FISCALES DE LA SOCIEDAD ABSORBENTE EN PROCESOS DE FUSIÓN POR ABSORCIÓN – Procedencia y límites. | |
El artículo 147 del E.T. regula el derecho de las sociedades a compensar
las pérdidas fiscales. En el primer inciso [mod. art. 5, L 1111 de 2006]
consagra el derecho de todas las sociedades, en general, a compensar,
sin limitación, las pérdidas fiscales reajustadas fiscalmente, con las rentas
que obtengan en los períodos gravables siguientes, sin perjuicio de la
renta presuntiva del ejercicio.
Además, dispone que las pérdidas de las
sociedades no serán trasladables a los socios.
Al respecto, la Corte
Constitucional precisó que la compensación de pérdidas fiscales
constituye una minoración estructural que busca “hacer efectivo el
principio de equidad en el pago del impuesto a la renta, al permitirle a las
sociedades compensar las pérdidas fiscales que han tenido en períodos
anteriores (…) en atención a su real capacidad de pago”.
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Consejo de Estado.
Compensacion de las pérdidas fiscales.
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(2021-04-08) Consultar |
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La DIAN Evoluciona En Atención Al Cliente Con Nuevo Servicio De Videoatención. | |
Con el objetivo claro de ofrecer mecanismos y canales de atención ágiles, cercanos y eficientes, la Dirección de Impuestos y Aduanas nacionales (DIAN) pone a disposición de los ciudadanos el nuevo servicio de VideoAtención; una herramienta que trae beneficios que se verán reflejados en materia de efectividad de trámites de los usuarios, así como en la facilitación, simplificación y apoyo en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Con la VideoAtención se evidencia como la modernización tecnológica de la DIAN avanza con paso firme para beneficiar a toda la ciudadanía que desde hoy podrá acceder a citas de RUT, Orientación y Kiosco de autogestión, mediante este servicio.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Comunicado de Prensa No. 047
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(2021-04-07) Consultar |
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Operaciones de Factoring. Expedición de Facturas. | |
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Consulta:
1. Si una sociedad factoring, en una operación de factoring SIN RECURSO, compra una factura que vale $100 millones y paga al vendedor de la cartera un valor de $98 millones, gana un descuento por valor de $2 millones producto de esta operación.
Al aplicar la retención en la fuente del 3.5% sobre el valor enajenado, la retención a pagar valdría $3.430.000. En este ejemplo mi pregunta es: Es correcto que la retención en la fuente que se paga valga más que el beneficio que se obtiene por el descuento de la compra?
2. Que retención en la fuente aplica para operaciones de factoring CON RECURSO y sobre qué valor se calcula y con cuál tasa?
3. ¿Aplicación del IVA en las operaciones de Factoring?
4. Se pueden calificar las sociedades de factoring como personas que tienen calidad de comerciantes, que ejercen profesiones laborales o presten servicios inherentes a estás.
5. La actividad de una sociedad que se dedica al Factoring es la compra de cartera a descuento, no vende nada ni tampoco presta un servicio. Debe una sociedad factoring expedir una factura por la cartera que compra a descuento.
6. Hay alguna diferencia si la compra de cartera es producto de una operación de factoring con RECURSO o si es un producto de una operación de factoring sin recurso, para efectos de expedir una factura?
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 0151 / 05-02-2021
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(2021-04-07) Consultar |
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Contratos de colaboración empresarial. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta:
De acuerdo con el artículo 1º de la Ley 6 de 1975, mediante este contrato una parte (propietario) acuerda con otra (aparcero) “explotar en mutua colaboración un fundo rural o una porción de este con el fin de repartirse entre sí los frutos o utilidades que resulten de la explotación”
En principio, puede afirmarse que el contrato de aparcería es un contrato de colaboración empresarial y, por ende, las partes deben declarar de manera independiente los activos, pasivos, ingresos, costos y deducciones que les correspondan, de acuerdo con su participación en los activos, pasivos, ingresos, costos y gastos incurridos en desarrollo de dicho contrato.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 0146 / 05-02-2021
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(2021-04-07) Consultar |
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Conciliación contencioso administrativa en materia tributaria, aduanera y cambiaria. / Terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos tributarios, aduaneros y cambiarios. / Principio de favorabilidad en etapa de cobro | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta si al ampliarse el Estado de
Emergencia Económica, Social y Ecológica ocasionada por el virus covid-19, se amplían los plazos
para solicitar
- i) la conciliación contencioso administrativa en materia tributaria, aduanera y cambiaria,
ii) terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos tributarios, aduaneros y cambiarios
y
iii) principio de favorabilidad en etapa de cobro que tratan los artículos 118, 119 y 120 de la ley
2010 de 2019.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 0120 / 03-02-2021
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(2021-04-07) Consultar |
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Deducción de intereses.- Intereses pagados a sociedad extranjera no vinculada. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta si al ampliarse el Estado de
Emergencia Económica, Social y Ecológica ocasionada por el virus covid-19, se amplían los plazos
para solicitar
- i) la conciliación contencioso administrativa en materia tributaria, aduanera y cambiaria,
ii) terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos tributarios, aduaneros y cambiarios
y
iii) principio de favorabilidad en etapa de cobro que tratan los artículos 118, 119 y 120 de la ley
2010 de 2019.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 0113 / 03-02-2021
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(2021-04-07) Consultar |
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Importación temporal para reexportación en el mismo estado. | |
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Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta lo siguiente:
- 1. ¿Cuándo se inicia el proceso de modificación de una importación temporal de largo plazo a
ordinaria y cuando culmina dicho proceso de modificación?
2. ¿Qué efectos legales aduaneros tiene para la declaración de importación temporal a largo plazo,
el hecho de no presentar la licencia previa, para la modificación de la modalidad de importación
temporal de largo plazo a ordinaria, una vez vencido el término de la misma? ¿En qué condición
quedan las mercancías objeto de la misma?
3. ¿Es procedente o no ordenar la cancelación del levante de la declaración de importación temporal
a largo plazo, cuando al momento de la modificación de dicha declaración de importación
temporal de largo plazo a ordinaria, no se presenta la licencia con la declaración inicial ante la
división de la operación aduanera o ésta no reúne los requisitos legales? ¿Cuál es el fundamento
legal de tal cancelación?
4. ¿Puede el importador temporal a largo plazo, después de vencido el término de cinco años de la
modalidad de importación, disponer de la mercancía, mediante la destrucción por
desnaturalización de la mercancía?
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 0112 / 03-02-2021
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(2021-04-07) Consultar |
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